TicketBAI
¿Estás preparado para cumplir con TicketBAI?
TicketBAI es un proyecto conjunto de las Haciendas Forales de Gipuzkoa, Bizkaia y Araba, junto con el Gobierno Vasco, para luchar contra el fraude fiscal.
Con su implantación obligatoria y progresiva, todas las personas que realicen actividades económicas deben disponer de un software de facturación adaptado a una serie de requisitos de transparencia.
¿Qué es TicketBAI?
TicketBAI es un sistema de control fiscal que especifica una serie de obligaciones legales y tecnológicas que afectan a las soluciones de software de facturación de las empresas y que implica que se suministren a las Haciendas Forales todas las facturas emitidas.
La iniciativa cumple con un doble objetivo: facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales por parte de las empresas y avanzar en un plan de lucha contra el fraude fiscal.
¿A quién afecta TicketBAI?
TicketBAI afecta a TODAS las empresas que ejerzan una actividad económica en el País Vasco, y estén obligadas a emitir facturas. A diferencia del SII (que solo afectaba a empresas que facturaran más de 6 millones de euros), TicketBAI obliga a todas las empresas con domicilio social en el País Vasco, independientemente del nivel de facturación, el tipo de actividad, la provincia o la naturaleza social (autónomo, pyme o gran empresa).
¿Cómo afecta TicketBAI?
Será necesario disponer de un software GARANTE, que esté homologado por las instituciones que regulan el sistema TicketBAI y que cumpla con los requisitos técnicos y funcionales establecidos.
Todas las empresas vascas deberán adaptar su software de facturación para responder a los requerimientos de la nueva normativa. De esta forma, cualquier dispositivo que emita facturas o tickets (tales como ordenadores, TPVs, aplicaciones, cajas registradoras, máquinas de vending avanzadas, balanzas avanzadas, tabletas, etc.) deberá contar con un software adscrito a TicketBAI y que garantice su fiabilidad.
¿Cómo debe ser el software para cumplir con TicketBAI?
TicketBAI lleva a cabo un encadenamiento de las facturas que, además, se firman electrónicamente, lo que impide su manipulación o borrado. Ello va a asegurar la autenticidad, integridad, trazabilidad e inviolabilidad de los registros informáticos que, en definitiva, imposibilita manipular o borrar las facturas una vez emitidas a través de los diferentes dispositivos.
Por tanto, los proveedores de soluciones de facturación tendrán que modificar los procesos del software para cumplir con los siguientes requisitos:
• El software debe incluir el código de la empresa desarrolladora.
• Cada dispositivo que emita facturas debe disponer de un certificado para la firma electrónica.
• El software de facturación debe ser capaz de emitir una factura por cada entrega.
• En la factura debe de insertarse un código QR junto con el código TBAI.
• Disponer de un servicio de comunicación con la hacienda correspondiente, para el envío del XML-TBAI.
¡Estamos preparados para TicketBAI!
Spyro ERP es un software certificado y homologado por Hacienda, que garantiza el cumplimiento de los requisitos técnicos y funcionales regulados en la norma TicketBAI.
¿Cuáles son las fechas clave?
> Enero 2021: inicio voluntario.
> Noviembre 2021: deducción TicketBAI incrementada.
> Enero 2022: obligatorio para profesionales de gestión tributaria.
> Mayo 2022: obligatorio para comercio al por menor, hostelería y sector de hospedaje.
> Diciembre 2022: obligatorio para fabricación, comercio al por mayor, telecomunicaciones, financieras y artistas.
> Para finales del 2022 todas las empresas deberán tener un programa informático adaptado a la facturación Ticket BAI.
> Se extenderá de forma escalonada por sectores entre esa fecha de inicio y el otoño de 2023.
Adelanta tu TicketBAI y benefíciate de las deducciones
Existe una deducción del 30% sobre la cuota íntegra de las inversiones y gastos realizados en los años 2020, 2021 y 2022, antes de la fecha de implantación.
Anticipándote a la implantación del sistema durante el 2021, existe una deducción del 60% sobre la cuota íntegra de las inversiones y gastos realizados, antes del 1 de noviembre del 2021.
¿Quieres más detalles?
· TicketBAI sustituye a parte de la información del Libro de Ingresos del SII.
· Si hubiera circunstancias que impidieran generar el fichero XML (por ejemplo un corte de energía), el usuario tiene que notificar la incidencia enviando un email a ticketbai@gipuzkoa.eus y expedir la factura en papel.
· Si hubiera interrupción de conexión, el software acumulará las facturas y se enviarán cuando se pueda.
Está dentro del Proyecto Batuz, es decir, la presentación de Libros Registros de Operaciones mediante el Modelo 140 y 240, y la futura presentación de los borradores de las declaraciones de IVA e IS.
Hasta el momento las Diputaciones Forales de Gipuzkoa y Bizkaia han publicado una serie de sanciones previstas, que aplican a dos casuísticas:
• Por incumplimiento: multa del 20% de la cifra de negocios (ejercicio anterior), con un mínimo de 20.000 €. En caso de reincidencia la sanción será del 30%, con un mínimo de 30.000 €.
• Por destrucción, borrado o manipulación del software y archivos informáticos: multa del 20% de la cifra de negocios (ejercicio anterior), con un mínimo de 40.000 €. En caso de reincidir, será del 30% de la cifra de negocios en el ejercicio anterior, con un mínimo de 60.000 €.
La Diputación Foral de Bizkaia ha establecido incentivos fiscales de carácter transitorio en el IRPF, Impuesto Sociedades e Impuesto sobre la Renta de no Residentes, en forma de deducción en cuota de un 30%. Esta ayuda aplicará en aquellos casos de adaptación voluntaria al proyecto Batuz, y por tanto, en los gastos e inversiones que se realicen durante el periodo voluntario.
En cuanto a la Diputación Foral de Gipuzkoa, ha establecido medidas similares con incentivos fiscales temporales en el Impuesto de Sociedades, el de la Renta de no residentes (establecimientos permanentes) y el de la Renta de las Personas Físicas, con deducciones en la cuota de un 30%. La base de aplicación dependerá de los gastos e inversiones que se realicen para la adaptación, y sólo tendrán derecho a deducciones quienes se adapten antes del periodo obligatorio.
Las deducciones se tendrán en cuenta para las inversiones realizadas en los años 2020 a 2023. El que entre en el sistema en el 2024 no tendrá deducción.
Sabemos que con la hacienda de Bizkaia, a partir del 1 de enero de 2022, hay que registrar los libros registro de operaciones económicas (LROE) en la Sede Electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia.
En Gipuzkoa lo han denominado LIBURUBAI y entrará en vigor en el 2023.
• Por incumplimiento: multa del 20% de la cifra de negocios (ejercicio anterior), con un mínimo de 20.000 €. En caso de reincidencia la sanción será del 30%, con un mínimo de 30.000 €.
• Por destrucción, borrado o manipulación del software y archivos informáticos: multa del 20% de la cifra de negocios (ejercicio anterior), con un mínimo de 40.000 €. En caso de reincidir, será del 30% de la cifra de negocios en el ejercicio anterior, con un mínimo de 60.000 €.