La Diputación Foral de Bizkaia ha establecido incentivos fiscales de carácter transitorio en el IRPF, Impuesto Sociedades e Impuesto sobre la Renta de no Residentes, en forma de deducción en cuota de un 30%. Esta ayuda aplicará en aquellos casos de adaptación voluntaria al proyecto Batuz, y por tanto, en los gastos e inversiones que se realicen durante el periodo voluntario.
En cuanto a la Diputación Foral de Gipuzkoa, ha establecido medidas similares con incentivos fiscales temporales en el Impuesto de Sociedades, el de la Renta de no residentes (establecimientos permanentes) y el de la Renta de las Personas Físicas, con deducciones en la cuota de un 30%. La base de aplicación dependerá de los gastos e inversiones que se realicen para la adaptación, y sólo tendrán derecho a deducciones quienes se adapten antes del periodo obligatorio.